Utilización y devolución del Vehículo
El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y accesorios dentro del vehículo, en perfectas condiciones y funcionamiento y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de la Circulación.
El seguro no cubre los siguientes casos:
- Multas, pérdidas o rotura de llaves, repostaje de combustible equivocado.
- Daños en llantas, neumáticos y bajos del coche.
- Transportar personas o mercancías, cuando ello implique directa o indirectamente el subarriendo del vehículo o su utilización inadecuada.
- Conducir el vehículo personas no autorizadas.
- Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas provocadas por el alcohol o drogas.
- Conducir el vehículo fuera de carreteras (por pistas forestales, playas o zonas no asfaltadas).
- Transportar en el vehículo más personas que las autorizadas en la ficha técnica.
- Utilizar el vehículo en competiciones deportivas de cualquier clase, para remolcar o empujar a otros vehículos o para enseñar a conducir.
- El vehículo no puede salir de Tenerife.
El incumplimiento de cualquiera de los puntos indicados supondrá automáticamente la pérdida de la cobertura de la protección contra colisión del vehículo arrendado, así como la cobertura para accidentes personales. Y la empresa se reserva el derecho de rescindir el contrato sin previo aviso y tomar posesión del vehículo, quedando a favor de la Empresa Arrendadora cualquier depósito o fianza recibida. El vehículo se devolverá en el lugar, fecha y hora estipuladas en el contrato. En caso de retraso en la entrega del vehículo, deberá abonar al contratante un día extra. Igualmente si no se avisa a la Empresa de la renovación del contrato del cliente está expuesto a ser denunciado por apropiación indebida.
Liquidación del arrendamiento y cobertura de riesgo
El arrendatario acepta pagar además de los cargos que figuran en el contrato, los gastos ocasionados por: a) Pérdida o sustracción de accesorios, herramientas, rueda de repuesto, batería, llaves, radio y documentación o cualquier otro elemento. b) El importe de multas por infracción del Código de Circulación, así como los gastos de grúa por retirada de vehículos indebidamente estacionados. c) Todos los daños o desperfectos que tiene el vehículo por colisión u otra razón que no esté cubierta por la cobertura de riesgo. El seguro concertado por el Arrendador, cubre al arrendatario o conductor autorizado, contra la responsabilidad civil por cuantía ilimitada, así como fianzas y defensa jurídica. La aceptación de pago de suplemento de la cobertura contra colisión exonerará al arrendatario del pago de los gastos ocasionados al vehículo arrendado, excepto en los supuestos recogidos en el primer apartado. Queda expresamente excluido de la cobertura concertada, la pérdida, robo o daño de bienes transportados en el vehículo arrendado.
Accidentes y Avería
En caso de accidente, el arrendatario estará obligado a: a) No mover el vehículo del lugar del siniestro hasta que no se persone y levante atestado la autoridad competente. b) A comunicar inmediatamente el hecho acaecido a la Empresa Arrendadora. c) A no pactar con la parte contraria acuerdo alguno sobre el accidente. d) A no abandonar el vehículo siniestrado sin haber tomado las medidas necesarias para evitar ulteriores daños o pérdidas. e) Solicitar de la parte contraria todos los relativos al conductor, propietario, vehículo y Compañía Aseguradora. Aunque el coche este asegurado a todo riesgo, este seguro quedará sin efecto por motivos antes mencionados. En caso de accidente y si fuera causante el contratante abonará a la Empresa arrendadora el importe diario de 12 Euros durante los días que esté el automóvil en reparación.
Conduccion negligente
El cliente que condujera vehículos de la Empresa bajo influencia de drogas, estupefacientes, bebidas alcohólicas o cualquier otra forma y tuviera alteradas sus facultades mentales, asumirá la íntegra responsibilidad de los daños y desperfectos que sufrirá el vehículo, así como los que ocasionará a otros vehículos, personas, objetos, animales y terceros en general. El conductor del vehículo en las condiciones anormales antedichas se hace también responsable de las personas u objetos transportados y de las sanciones a que dé lugar. El arrendatario no tendrá derecho a la sustitución del vehículo alquilado, si por accidente éste quedara inutilizable, ni tampoco a que se le reintegre cantidad alguna por el concepto antes citado. Para cuantas cuestiones pudieran derivarse del cumplimento y ejecución del presente contrato, los contratantes se somenten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes para su domicilio o los de la Provincia de S/C de Tenerife. Queda expresamente prohibido a los arrendatarios sacar el vehículo arrendado del ámbito territorial de la isla donde se realiza el contrato, a no ser que cuente con la autorización expresa del arrendador. En caso de incumplimiento de la antedicha prohibición, queda automáticamente rescindido el contrato, pudiendo el arrendador ejercitar ante los Tribunales cuantas acciones estén en su derecho.